Banco Mundial y el BID señalan que sus recursos no son para Bono Contra el Hambre

Banco Mundial y el BID señalan que sus recursos no son para Bono Contra el Hambre
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El Banco Mundial (BM) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) dijeron por separado que sus recursos no pueden ser utilizados para el pago del Bono Contra el Hambre de 1.000 bolivianos, dispuesto por la Ley 1330 y publicada en la Gaceta Oficial del Estado.

“En el caso del Proyecto de Redes de Protección Social de Emergencia para la Crisis del Covid-19 en Bolivia, sólo hay tres gastos elegibles, que son: pagos realizados a los beneficiarios del Bono Familia, del Bono Canasta Familiar y del Bono Universal; costos por los servicios de pago a través del sistema bancario; y, costo de una auditoría financiera anual a realizarse por una empresa independiente”, señala Indu John-Abraham, representante residente del BM en Bolivia, a la carta del viceministro de Inversión Pública y Financiamiento Externo, Gonzalo Quiroga, en la que consultó si considerarían “gastos elegibles” dentro del objeto y alcance del Contrato de Préstamo, según reporte de El Deber.

Luego indica que “dado que el proyecto funcionará con un mecanismo de ‘desembolso por reembolso de gastos elegibles’, el Gobierno deberá preparar y enviar al Banco Mundial, un reporte con los gastos elegibles incurridos, y en la medida que documente debidamente los gastos elegibles incurridos, el Banco desembolsará los fondos correspondientes a la cuenta indicada en la Carta de Desembolsos”.

Explica que en el caso de los recursos del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) y de la Asociación Internacional de Fomento (AIF) del Banco Mundial, para el financiamiento de proyectos de inversión, los créditos y préstamos otorgados por estas dos organizaciones públicas internacionales “solo financian gastos elegibles que sean necesarios para alcanzar los objetivos del proyecto, incluyendo, arreglos fiduciarios aceptables, para asegurar que los fondos de los créditos y préstamos sean utilizados únicamente para el propósito para el cual el financiamiento fue otorgado con la debida atención a consideraciones de economía, transparencia y eficiencia”.

CONTRATO

El contrato para acceder a los recursos del BM especifica que el financiamiento se destinará a reponer los recursos que se usaron para el pago de los bonos Universal, Familia y Canasta familiar. El préstamo del BID será para devolver los recursos utilizados para el pago de la Renta Dignidad, un saldo restante para el pago del Bono Canasta Familiar y una parte de la subvención de las tarifas de electricidad, que fueron reducidas según el consumo de cada familia, como una forma de mitigar los efectos del coronavirus.

El Ministerio de Planificación del Desarrollo consultó en agosto a BM y BID si considerarían “gastos elegibles” dentro del objeto y alcance del Contrato de Préstamo de la referencia gastos asociados, al pago de otro tipo de transferencias monetarias.

“Informamos a usted que, de acuerdo con el análisis de Banco (BID), el pago de otras transferencias no incluidas en el listado, no sería elegible total ni parcialmente, bajo los términos del contrato de financiamiento firmado entre las partes”, respondió Alejandro Melandri, representante del BID, a la carta del viceministro Quiroga, según reporte de El Deber.

Según el artículo 3 de la Ley 1330, el Bono Contra el Hambre será financiado con los recursos provenientes de la reposición a ser efectuada en el marco de dos contratos de crédito externo, a ser aprobados por la Asamblea Legislativa Plurinacional.

Apunta al Contrato de Préstamo N° 9115-BO, suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento del Banco Mundial, por 254,3 millones de dólares. Y el contrato de préstamo N° 5039/OC-BO, suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el BID, por 450 millones de dólares.

El viernes, la presidenta del Senado Eva Copa afirmó que el Bono contra el Hambre será financiado con los créditos del BID y del BM, que suman 704 millones de dólares para darle un respiro económico que sufre la población por las improvisadas políticas gubernamentales para afrontar el coronavirus.

GOBIERNO

El viceministro de Coordinación y Gestión Gubernamental, Israel Alanoca, anunció en la víspera que presentará ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) un recurso de inconstitucionalidad abstracta contra la Ley 1330 que crea el Bono Contra el Hambre, promulgada el 16 de septiembre por la presidenta del Senado Eva Copa (MAS).

“Ante esto, vamos a mandar al Tribunal Constitucional Plurinacional un recurso abstracto de inconstitucionalidad para que revise esta ley promulgada y prevalezca la Constitución Política del Estado (CPE)”, informó Alanoca a la red Unitel.

Copa promulgó después que la presidenta Jeanine Áñez devolvió la norma al Legislativo debido a que hizo observaciones de varios artículos. Alanoca explicó que la norma es "inviable" porque establece que el pago del bono se financiará con los créditos del BID y del BM, pero esos recursos ya fueron destinados para apoyar a las familias para paliar los efectos económicos por la emergencia sanitaria por el coronavirus.

El 18 de agosto de este año, la Cámara de Diputados aprobó dos proyectos de ley: el crédito del BM por 254,3 millones de dólares y el del BID, por 450 millones de dólares, para reponer los recursos que se utilizaron en el pago de bonos sociales, la Renta Dignidad y una parte de la subvención de las tarifas de electricidad.

El viceministro de Inversión Pública y Financiamiento Externo, Gonzalo Quiroga, calificó  la ley promulgada por el MAS como una acción política y de "demagogia electoralista".