Ley de reprogramación de alquileres sólo es para inquilinos no asalariados

Ley de reprogramación de alquileres sólo es para inquilinos no asalariados
Foto referencial
PUBLICIDAD

El proyecto de Ley de reprogramación del 50% de los alquileres, aprobado ayer por la Cámara de Diputados, es sólo para quienes no reciben un salario, por lo que quedan al margen los empleados de los ámbitos público o privado, y establece topes máximos en los cánones de alquiler de las propiedades que puedan acogerse a la norma.

El proyecto original, presentado a la Cámara de Diputados por el diputado (MAS) Víctor Borda el 3 de abril  y remitido a la Comisión de Política Social, no establecía distinciones entre los beneficiarios de la Ley. Sin embargo, el proyecto de Ley aprobado ayer en el pleno de la Cámara excluye a los asalariados de los ámbitos público y privado, así como a funcionarios públicos, a pesar de que, en el parágrafo anterior, señala que la “emergencia sanitaria, declarada por el Gobierno Central, afecta a la economía de la mayor parte del pueblo boliviano”.

El proyecto de Ley modificado  también incluye topes en los cánones de arrendamiento de las propiedades que pueden ser consideradas para la reprogramación del 50% de los alquileres y la condonación de la mitad del Régimen Complementario al Impuesto al Valor Agregado (RC-IVA).

Estos topes son: 5.000 bolivianos para los inmuebles que son utilizados como vivienda, 7.000 bolivianos para los alquileres de locales comerciales y 15.000 para los inmuebles de uso industrial.

Según Borda, las modificaciones al proyecto original fueron introducidas con el objeto de beneficiar a los sectores más necesitados. Sin embargo, queda al margen un importante sector de la población.

En redes sociales, numerosas personas han denunciado que desde el inicio de la cuarentena han tenido que renunciar a cierto porcentaje de sus salarios mediante convenios con sus empleadores o sus pagos han sufrido retrasos por el cese de operaciones de las empresas en las que trabajan, sin embargo, con la actual redacción de la Ley, no podrán ser beneficiados por la medida.

De acuerdo con el texto del proyecto, se establece la condonación del 50% del RC-IVA de las propiedades por 4 meses para los dueños de los inmuebles en alquiler que se acojan a la reprogramación del 50% de los alquileres de sus inquilinos durante la cuarentena y pospongan el pago del saldo para enero de 2021.

 “La idea es que los inquilinos que no pueden pagar sus alquileres de manera completa, puedan llegar a un acuerdo con sus arrendadores para que éstos les ‘perdonen’  el 50% de los alquileres desde el 15 de marzo hasta el fin de la cuarentena y que el pago del saldo sea programado a partir de enero de 2021 en cuotas amortizables, a cambio de los beneficios que establece la Ley”, explicó Borda.

Asimismo, dijo que la Asamblea promulgará una Ley exhortando a los Gobiernos Municipales a aprobar leyes que condonen el pago del Impuesto Anual a los Inmuebles de los propietarios que se acojan al ámbito de aplicación de la Ley.

“Para los propietarios que no entreguen factura por el alquiler, el proyecto contempla exhortar mediante una norma a los Concejos Municipales a que promulguen leyes municipales que condonen el pago del Impuesto Anual a los Inmuebles, de esta manera todos los arrendadores podrán acogerse”.

Borda además explicó que la Ley no puede obligar a los propietarios de inmuebles a acceder a la reprogramación del pago de la mitad del alquiler, ya que estos están protegidos por el derecho civil, sin embargo, indica que los beneficios dispuestos por la norma exceden a los posibles perjuicios.

“Si la cuarentena culminara el 30 de abril, el arrendador solo debería ‘perdonar’ el 50% de 45 días de alquiler y de todas maneras se beneficiaría con los descuentos establecidos ”, acotó.

Para acogerse a los beneficios establecidos por la norma, las partes, arrendador y arrendatario deberán firmar un acuerdo en el cual se establezcan las condiciones de la reprogramación de los alquileres y presentarlos ante Impuestos Nacionales y ante el Gobierno Municipal de su región de aprobarse una Ley Municipal de Condonación del Impuesto Anual de Inmuebles.
 

Ley impide el desalojo  mientras dure la cuarentena

De acuerdo con el proyecto de Ley, los propietarios de los inmuebles en alquiler no podrán desalojar a sus inquilinos hasta enero de 2021 bajo ninguna circunstancia, en especial a las personas de la tercera edad, familias numerosas o personas con discapacidad.

“La norma busca proteger a los inquilinos, aún si los arrendadores no se acogen al ámbito de la Ley, estos no podrán desalojarlos de las propiedades, sean estas viviendas, locales comerciales o industriales, bajo ninguna circunstancia”, explicó el diputado Víctor Borda, el proyectista de la norma.

Según Borda si el arrendador insistiera en desalojar a los inquilinos, estos podrán solicitar el apoyo de las Fuerzas del Orden para evitar el desalojo.

“Esto quiere decir que como antes el dueño de casa podía llamar a la policía para sacar las cosas de un inquilino que no pago tres meses de alquiler, ahora los inquilinos pueden pedir la intervención de la policía para meter las cosas de vuelta en la vivienda”, agregó el diputado.

Borda indicó también que se ha incluido en la norma la inmovilización de los cánones de alquiler hasta el próximo año, por lo que los arrendadores no podrán subir el costo de los alquileres.

“Se ha planteado que hasta el próximo año los alquileres no puedan subir, para así no perjudicar más a las familias”.